PLAN REGIONAL DE OPERACIONES DE EMERGENCIA
(PROE) - Base Legal:
- Constitución Política del Perú. Art. 163º
- Decreto Ley Nº 19383 del 28 de Marzo de 1972, crea el Sistema de Defensa Civil y
sus modificatorias aprobadas por Decretos Supremos Nº 442, Nº 375, Nº 905 y la Ley
Nº 25414. Ley Orgánica de las Municipalidades, Art. 20º.
- Ley Nº 28223 – Ley sobre los Desplazamientos Internos aprobado por Decreto
Supremo Nº 004-2005-MIMDES.
- Manual de Conocimientos Básicos para Comités de Defensa Civil y Oficinas de
Defensa Civil, aprobado por Resolución Jefatural Nº 466-2005- INDECI. COMFORMACION DEL COMITÉ REGIONAL DE DEFENSA CIVIL
- - Presidente del Gobierno Regional
- - Vicepresidente Regional. - Gobernador.
- - Alcaldes Provinciales en su condición de Presidentes de los Comités Provinciales de Defensa Civil, quienes participan en las respectivas Comisiones.
- - Representantes de las Fuerzas Armadas.
- - Director Regional de la Policía Nacional del Perú.
- - Directores Regionales Sectoriales del Gobierno Regional.
- - Representantes de mayor jerarquía de las Iglesias.
- - Representantes de las Universidades.
- - Representantes de Colegios Profesionales.
- Representantes de las Organizaciones Sociales vinculadas con la Defensa Civil.
- - Representantes de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) que realizan labores en la Región.
- - Representantes de Empresas del Sector Privado.
- - Otros Representantes de la Sociedad Organizada.
- - Jefe de la Oficina Regional de Defensa Civil, quien actúa como Secretario Técnico del CRDC.
- CONFORMACION DEL SIREDECI
- - Gobierno Regional.
- - Comité Regional de Defensa Civil.
- - Comités Provinciales de Defensa Civil de la Región.
- - Comités Distritales de Defensa Civil de la Región.
- - Oficina de Defensa Civil de los niveles.