La ley que prohíbe la reelección inmediata de los alcaldes y
presidentes de gobiernos regionales se aplica a las actuales autoridades que se
encuentran en función, aclaró hoy el presidente de la Comisión de Constitución
del Congreso, Cristobál Llatas (NGP).
“Para nosotros está claro: la ley es de obligatorio
cumplimiento desde el día siguiente de su publicación”, indicó.
En tal sentido, añadió que “quienes hoy son autoridades
regionales y municipales no podrán participar como candidatos en el próximo
proceso electoral".
El domingo, el congresista Gustavo Rondón señaló que al no
haberse especificado en la ley a partir de qué proceso electoral entra en
vigencia, los organismo electorales tendrían que pronunciarse si se aplica también
a las actuales autoridades.
Al respecto, Yrupailla dijo que posiblemente el Jurado
Nacional de Elecciones se pronuncie al respecto, pero que, en principio, la
Constitución señala que toda ley entra en vigencia al día siguiente de su
promulgación.
“La interpretación están en ese texto”, añadió.
La norma prohíbe la reelección inmediata de los presidentes
y vicepresidentes regionales, así como de los alcaldes provinciales y
regidores, como una forma de evitar que estas autoridades empleen recursos públicos
en su campaña electoral.
Cambia, además, el nombre de los presidentes regionales por
gobernadores, cuyo mandato será de cuatro años y podrá ser revocado al tercer
año de gestión.